ANICEDAN INYECTABLE
TRANQUILIZANTE – ATARÁXICO
Especie de destino: Bovinos – Equinos – Porcinos – Caninos – Felinos – Conejos.
Presentación
Frascos por 10 y 50 ml.
Composición
Cada 100 ml. contiene:
Maleato de Acepromazina 1 g.
Excipientes c.s.p 100 ml.
Indicaciones
Manejo, inspección y traslado de los animales excitados, agresivos y nerviosos. Para ejercer algunos tratamientos, exploración de los genitales, transporte en camiones, etc. Como preanestésico: Administrar las dosis mínimas, 10 a 15 minutos antes de la inducción o la intubación endotraqueal. Normalmente la dosis del anestésico a utilizarse se reduce al 50%. En el tratamiento del cólico equino: Una dosis de 0.66 mg/Kg. de peso vía intravenosa, origina un rápido alivio.
Vías de Administración
Intramuscular, Subcutánea e Intravenosa.
Dosis
Caninos: 1 ml. por cada 10 – 20 Kg. de peso. Felinos: 1 ml. por cada 5 – 20 Kg. de peso. Equinos: 1 ml. por cada 200 Kg. de peso. La dosis sugerida para un equino adulto de 400 Kg. es de 1,5 ml. Bovinos: 1 ml. por cada 200 Kg. de peso. No administrar a terneros con menos de 2 semanas de edad. Porcinos: 0,25 ml. por cada 10 – 15 Kg. de peso. Conejos: 0,10 ml. por Kg. de peso.
Nota
El efecto clínico máximo de la droga se observa a los 15 – 20 minutos de la administración. De no obtenerse el efecto deseado se puede ir aumentando la dosis. Utilizar bajo estricto control del Doctor Veterinario.
Precauciones
En el perro, luego de 3 minutos, puede producirse un paro sinoauricular de hasta 8 segundos de duración, con una recuperación espontánea y sin daño aparente
Contraindicación
Se debe evitar la administración en pacientes débiles, de edad muy avanzada o con insuficiencia cardíaca. No administrar en forma conjunta con los compuestos organofosforados. Como el producto se metaboliza en el hígado, se debe evitar su utilización en animales con disfunción hepática.
Periodo de Retiro
No destinar al consumo humano la leche de los animales tratados hasta transcurridas 72 horas del último tratamiento. No destinar al consumo humano la carne de los animales tratados hasta transcurridos 4 días del último tratamiento.